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La UE mantiene las indemnizaciones del aéreo y redefine el equipaje de mano

Los ministros de Transportes de la Unión Europea han alcanzado un acuerdo político para reformar los derechos de los pasajeros aéreos, una normativa largamente negociada que introduce cambios en materia de equipaje de mano, reclamaciones y protección de los viajeros. La propuesta, respaldada por una mayoría de Estados miembros, mantiene finalmente el derecho a compensación económica por retrasos a partir de las tres horas, una de las cuestiones más controvertidas del debate.

El acuerdo supone un avance significativo en la revisión del Reglamento 261/2004, que regula los derechos de los pasajeros en caso de retrasos, cancelaciones y denegaciones de embarque. Aunque todavía deberá completar su tramitación legislativa con el Parlamento Europeo antes de entrar en vigor, el texto ya marca la dirección que seguirá la futura normativa comunitaria.

Uno de los aspectos que más atención ha generado es el relativo al equipaje de mano. La nueva regulación garantiza que los pasajeros puedan transportar gratuitamente un artículo personal, como un bolso o una mochila pequeña, siempre que pueda colocarse bajo el asiento delantero y respete unas dimensiones máximas de 40 x 30 x 15 centímetros. Sin embargo, la normativa no consagra expresamente la gratuidad de las maletas de cabina tipo trolley, una reivindicación defendida por varios países, entre ellos España.

En su lugar, el acuerdo establece que las aerolíneas deberán ofrecer de forma predeterminada una tarifa que incluya el equipaje de mano, aunque podrán aplicar descuentos a aquellos viajeros que opten por volar sin él. Esta fórmula ha generado críticas por parte de algunos gobiernos y asociaciones de consumidores, que consideran que deja margen para mantener los recargos por el equipaje de cabina actualmente aplicados por algunas compañías de bajo coste.

En materia de compensaciones, la reforma mantiene uno de los pilares del sistema actual: el derecho a indemnización cuando un vuelo llega a destino con tres o más horas de retraso. De este modo, se descarta la propuesta inicial planteada por varios Estados miembros que pretendía elevar el umbral mínimo para recibir compensaciones, una medida que habría reducido significativamente el número de pasajeros con derecho a reclamación.

Las cuantías económicas previstas continúan siendo las mismas que en la actualidad: 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para trayectos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros y 600 euros para vuelos de larga distancia superiores a 3.500 kilómetros.

La reforma también incorpora nuevas garantías para familias y pasajeros dependientes. Las compañías aéreas no podrán cobrar suplementos para que menores de edad o personas dependientes viajen sentados junto a sus acompañantes. Además, se simplifican los procedimientos de reclamación y se establecen plazos más claros para responder a las solicitudes de compensación.

Otro de los cambios previstos afecta a los errores administrativos en los billetes. Las compañías no podrán imponer cargos desproporcionados por correcciones menores en nombres o datos personales cuando se trate de errores evidentes que no alteren la identidad del pasajero.

Aunque el acuerdo representa uno de los avances más importantes en la regulación aérea europea de los últimos años, el debate sobre el equipaje de mano seguirá abierto. España, Alemania, Portugal y Eslovenia votaron en contra del texto precisamente por considerar insuficientes las garantías ofrecidas a los consumidores en este ámbito.

Para el sector del Business Travel, la principal conclusión es que los viajeros corporativos mantendrán intacto su derecho a reclamar compensaciones por retrasos significativos, evitando un endurecimiento de las condiciones que habría afectado especialmente a los desplazamientos profesionales de corta duración y alta dependencia de la puntualidad.