Las indemnizaciones en caso de retraso o anulación de un vuelo no superan el 20% del precio de un billete en clase business.
La Asociación francesa de travel managers (AFTM) ha enviado una petición a la Unión Europea solicitando la revisión de los derechos de los viajeros de negocios comunitarios. Según el texto, los niveles de indemnización aplicables en caso de retraso importante, anulación o denegación del embarque no han sido actualizados. Ello supone que la compensación en caso de sufrir una demora importante o no poder volar en un trayecto de larga distancia en clase de negocios solo equivale, como máximo, al 20% del precio de compra del billete.
La asociación propone que se aumente la indemnización, al menos, hasta un 40%. La UE prevé además que la compensación se tramite directamente con el viajero, sin contemplar que sean las empresas quienes hayan adquirido el billete y deban, por tanto, recibir la suma.
Al mismo tiempo valoran que no se pierda el vuelo de regreso en caso de no haber volado en el trayecto de ida. En su opinión, esto debería aplicarse también a los vuelos en conexión. Es decir, si un viajero de negocios pierde su primer tramo y consigue llegar a la escala, que no haya perdido con ello derecho a continuar viaje en el itinerario previsto inicialmente.
Sobre la compensación con un máximo de 100 euros por noche, y durante tres noches, que la legislación contempla en caso de no salir un vuelo, la AFTM solicita que se tenga en cuenta que hay ciudades en las que esta suma no permite alojarse sin coste, aún menos si la reserva se realiza en el último minuto. No cuestionan el límite de tres noches, pero si la indemnización asumida por la compañía en función del destino.
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