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La Justicia suspende el concurso de viajes del Estado tras el recurso presentado por Gebta

Gebta

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha suspendido el procedimiento de contratación referido al concurso de servicio de agencias al Estado, tras tener en cuenta el recurso interpuesto por Gebta y otras entidades, «por las múltiples y gravísimas infracciones».

En relación con los motivos de la impugnación, presentados por Gebta, en el recurso tramitado el pasado miércoles 2 de septiembre, la Asociación solicitó del Tribunal la suspensión de la tramitación y la resolución de anulación de los pliegos, «en base a las múltiples y gravísimas infracciones» que contiene el documento de licitación elaborado por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.

El análisis jurídico en el que se ha basado el recurso presentado por Gebta identifica tres bloques principales de infracciones normativas, en función de la naturaleza y tipología del contenido: un primer bloque de carácter económico, centrado en la falta de justificación de la estructura de costes, la exigencia ilegal de descuentos lineales en tarifas aéreas, el establecimiento de mejoras en el seguro de viaje a coste cero, y en general impugnación de cláusulas que obligan a las agencias a licitar con precios que no cubren costes reales o que eliminan el margen comercial.

Según informa Gebta, hay un segundo bloque centrado en denunciar prestaciones impuestas en el pliego que resultan operativamente imposibles de cumplir, debido a las prácticas del mercado de transporte o porque exceden las funciones lógicas de un intermediario turístico y que además llevan asociadas sanciones en caso de incumplimiento.

Finalmente, un tercer bloque recoge las cláusulas que vulneran leyes imperativas de otros sectores ajenos a la contratación pública, como la protección de datos o la legislación reguladora del mercado de seguros, o el propio Reglamento de IATA.

Gebta entiende que «el recurso presentado es sólido y debería conllevar la anulación del concurso». En este caso, sería el propio fallo del Tribunal el que indique los términos de los pliegos que deben ser modificados para adecuarse al marco legal. En cualquier caso, supondría la redacción de  nuevos pliegos y el inicio de un nuevo proceso para la licitación de los lotes.