Inicio TRAVEL SMART ACTUALIDAD Los pasajeros aéreos solo podrán reclamar indemnización tras cinco horas de espera

Los pasajeros aéreos solo podrán reclamar indemnización tras cinco horas de espera

La Unión Europea está tramitando la ampliación de las tres horas actuales en todos los vuelos con una distancia inferior a 3.500 kilómetros.

La Comisión de Transportes de la Unión Europea aprobó una propuesta de ampliación de las horas durante las que una compañía aérea puede acusar retraso sin que ello suponga obligación de indemnizar al cliente. En lugar de las tres horas actuales, impuestas para todos los vuelos con destino a algún aeropuerto situado a menos de 3.500 kilómetros de la salida, se ampliarán a cinco horas. Al cabo de este plazo, el cliente también podrá optar por no volar y recibir el importe del billete.

Para los vuelos entre 3.500 y 6.000 kilómetros de recorrido, solo se podrá exigir indemnización en retrasos superiores a las 9 horas, mientras que asciende a 12 horas en los trayectos de mayor distancia.

Si los estados miembro aprueban la propuesta, se pondrá en práctica en un plazo de 18 meses.

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