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El jaque mate al roaming en la Unión Europea llegará en junio de 2017

Ahora sí, oficialmente el Consejo Europeo ha aprobado las nuevas normas que pondrán fin a los recargos por utilizar el móvil en otro país comunitario. Como adelanto, a partir de abril del próximo año, habrá una bajada de tarifas.

Tras meses de negociaciones, en los que se han ido dando largas a la eliminación del roaming o itinerancia, por fin ha habido acuerdo –y esta vez, de forma unánime- entre los ministros de UE para eliminar el recargo en junio de 2017.

Esta decisión se ha adoptado como un punto sin debate en el Consejo de Ministros de Competitividad. A continuación, el Parlamento Europeo deberá adoptar el texto en su sesión plenaria de finales de octubre y, para noviembre "probablemente", se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor tres días más tarde.

Política de uso justo

El pasado 30 de junio, los negociadores del Consejo y la Eurocámara llegaron al acuerdo definitivo refrendado. Según la nueva legislación, los sobrecostes por llamar, enviar mensajes o navegar por Internet a través del móvil en un Estado miembro diferente del de origen del operador deberán desaparecer el 15 de junio de 2017.

Los operadores podrán aplicar una "política de uso justo" para "evitar una utilización abusiva del 'roaming", lo que se refiere a evitar estos servicios para "otros propósitos" que no sean "viajes periódicos".

Precios un 75% más baratos

El roaming seguirá hasta diciembre de 2017, pero hasta entonces, y a partir del próximo 30 de abril, habrá una bajada generalizada de las tarifas. Según el proyecto aprobado, el precio (mayorista) por minuto de llamada no podrá ser mayor de 5 céntimos de euro, cada SMS puede costar cono mucho dos céntimos de euro y el coste de cada megabyte de datos para conexiones por internet será como mucho de cinco céntimos (sin contar el IVA).

En cuanto a las garantías para la neutralidad de Internet, los operadores tendrán que tratar en igualdad de condiciones todo el tráfico, aunque podrán aplicar "medidas de gestión razonables", según la nueva normativa.

El bloqueo o estrangulamiento de contenidos solo se permitirá en circunstancias limitadas, por ejemplo para evitar ciberataques o la congestión del tráfico.

Se aceptarán acuerdos para servicios que requieran un nivel de calidad específico, aunque en ese caso los operadores deberán garantizar la calidad general de los servicios de acceso a Internet.

 

 

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