Días de vértigo. Finalmente, los médicos no tendrán que tributar por las invitaciones a congresos, tal y como había considerado la Agencia Tributaria el viernes pasado, al considerar que se debían pagar impuestos por las dietas que reciben de las farmacéuticas para asistir a conferencias y congresos. Hacienda busca ahora la fórmula para que la formación pagada no tenga carga fiscal.
La semana pasada, ell Ministerio de Hacienda consideró que los médicos debían tributar como un pago en especie los gastos derivados de las invitaciones a congresos médicos por parte de los laboratorios farmacéuticos.
Sin embargo, después de la reunión mantenida a primera hora del lunes entre Cristóbal Montoro y Seráfín Romero, presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), parece ser que Hacienda va a afinar con más ‘precisión’ el cambio en la normativa, para aclarar que la formación pagada no tiene rendimiento de pago en especie.
Según la OMC, Hacienda les ha trasmitido que la modificación no implica ningún cambio legislativo puesto que se trata de aclarar en el reglamento una situación que ya existe, con el fin de aportar certidumbre y seguridad jurídica.
UNA PRÁCTICA HABITUAL
Hasta ahora las dietas, que sufragan sobre todo los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención en estos foros, estaban exentas de tributación en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por tratarse de una formación necesaria para el desempeño de su profesión, uno de los supuestos que recoge la ley para su exención.
El 4 de abril de 2017 el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) emitió una resolución en la que confirma las actas de inspección recurridas por una empresa en las que se califican de retribuciones en especie a profesionales sanitarios los pagos realizados a una compañía en concepto de patrocinio de becas para la asistencia a congresos, jornadas, talleres y cursos de dichos profesionales, y exige sobre esas ayudas el correspondiente pago de impuestos.
Tras la resolución del TEAC (ante la que cabe recurso contencioso-administrativo), la Agencia Tributaria emitió el pasado 5 de mayo una nota sobre el asunto (Tributación, por parte del personal sanitario, de los gastos abonados por las compañías farmacéuticas para la asistencia a los congresos y conferencias que organiza y a los que asiste dicho personal), haciéndose eco de la mencionada resolución.
Por su parte, la patronal de farmacéuticas (Farmaindustria) recuerda que la legislación sanitaria vigente en España establece el derecho y la obligación de los profesionales sanitarios a la formación continuada para mantener sus conocimientos actualizados, y obliga a las Administraciones Públicas a promover esta formación sobre medicamentos, terapias y productos sanitarios para mejorar la calidad de la asistencia sanitaria.
Asimismo, el Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica, de aplicación obligada para todos los asociados a Farmaindustria, «garantiza que los eventos tienen como finalidad exclusiva la formación de los profesionales, que no se destinan a ningún otro objetivo y que, desde luego, no constituyen una compensación o incentivo económico para los profesionales sanitarios, lo cual está expresamente prohibido por el Código y es objeto de un estricto control por parte de la Unidad de Supervisión Deontológica de Farmaindustria».
En cualquier caso, habrá que esperar a ver en qué termina todo esto. To be continued…
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